Luz verde a la legitimación del CCT UAZ-SPAUAZ

LUZ VERDE A LA LEGITIMACIÓN DEL CCT UAZ-SPAUAZ


 

El día de ayer 24 de octubre del año en curso se llevó a cabo en el salón sindical una reunión de Coordinadora de Delegaciones en la cual el único punto a tratar  en el orden del día fue la legitimación del contrato colectivo de trabajo (CCT). La reunión tuvo un quórum de 51 docentes entre delegadas, delegados y representantes a la Coordinadora; además estuvieron presentes las y los 11 integrantes del Comité Ejecutivo, así como uno de los asesores jurídicos del sindicato, el Licenciado Jorge Luis Chavira Sánchez.

El Secretario General del SPAUAZ, José Juan Martínez Pardo inició con el asunto a tratar, declarando que la Coordinación General de Verificación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral  ya autorizó la ruta que se había proyectado para el proceso de legitimación, avalando la fecha inicialmente propuesta para llevar a cabo la consulta. De igual manera, mencionó que ya fue liberada la convocatoria para dicha consulta por parte de la autoridad laboral, la cual ya empezó hacer difundida en redes sociales y será también publicada en próximos días en las Unidades Académicas con mayor representatividad. Asimismo se sociaizará el padrón con un registro de 2963 personas las cuales podrán participar en la consulta el próximo 9 de noviembre de 2022 avalando el contenido del CCT.

Por su parte el Licenciado Chavira intervino resolviendo varias dudas e incertidumbres planteadas, externando que a lo largo de este proceso se han generado situaciones burocráticas tanto en la Junta de Conciliación Especial, como en el Tribunal Federal, ya que a partir de que surge el nuevo modelo laboral en noviembre de 2020 las Juntas de Conciliación y Arbitraje dejaron de conocer todo lo relativo a sindicatos y contratos colectivos; de tal manera que se han generado retrasos y confusiones que han entorpecido el proceso de legitimación. En este contexto, aclaró que en las nuevas disposiciones laborales ya no se obliga  hacer el registro de los CCT, como anteriormente se hacía, ya que se consideran de vigencia indefinida; solo se registran en el CFCRL los contratos colectivos que sufran modificaciones en su clausulado, por lo cual el  CCT UAZ-SPAUAZ es un contrato de tiempo indeterminado.

También esclareció que una de las principales confusiones en cuanto al certificado de registro del contrato fue porque aparecía registrado  ante el CFCRL con el nombre de dos patrones distintos, lo que provocó  que  la información  no coincidiera y se dispersara en dos expedientes. Una vez realizada y documentada de manera jurídica la aclaración del registro, el CFCRL asumió su responsabilidad y hace la corrección en el número de expediente.

De igual modo,  el abogado explicó que el problema con el registro  del CCT que se depositó en abril de 2021 se dio porque hubo una omisión por parte de la Junta Especial ya que no se validó en México debido  a que se omitió la frase “téngase por depositado el contrato”, no aparece en el primer acuerdo, por lo que el CFCRL hace la observación y mandata la corrección.  De acuerdo a esto, se solicitó a la Junta Especial un segundo acuerdo como alcance al que se emitió en abril de 2021, donde se agregara dicha leyenda y donde ordenara la remisión al CFCRL. En este aspecto la autoridad laboral decidió actualizar el certificado de registro generando el número 126/2019, lo cual significa que dicho certificado ampara el registro de un CCT depositado en su momento ante la Junta de Conciliación y Arbitraje que está vigente y  que existe un sindicato ligado a este contrato colectivo.

El Licenciado enfatizó en que todas las confusiones ya están superadas, por lo cual no hay ningún inconveniente para realizar la legitimación del CCT, e invitó a las y los asistentes a encausar este proceso, ya que si no se llevara a cabo la legitimación del contrato, se terminará la contratación colectiva y todas las prestaciones pasarían a ser extralegales, es decir, que no tienen un sustento sobre el cual el patrón tenga la obligación de pagar, por lo tanto las prestaciones obtenidas pueden desaparecer.

Recalcó también que independientemente del año de publicación del contrato colectivo,  el clausulado es el mismo, y ese es el que se va a someter a consulta, mientras no existan modificaciones contractuales. Finalmente expresó que si ya el CFCRL avaló toda la información y emitió un documento oficial donde aparece el número de expediente se realice el proceso, ya que es el CCT lo que respalda al personal académico.

Escrito por: Ana Morales.

Fotografías de: Maureen Ibarra.

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